Conceptos básicos de legislación, derecho y abogados para la empresa en España
Especialidades del derecho
Conocer los aspectos básicos del derecho y cómo puede afectar al nacimiento y desarrollo de nuestra empresa es mucho más importante de lo que a priori nos pueda parecer, por eso hemos recurrido a Abogados Madrid, la oficina de abogados situada en el centro de Madrid del Bufete G. Elías y Muñoz Abogados para que nos orientaran a la hora de desarrollar este artículo.
Derecho público y privado
Desde su nacimiento como entidad en la Antigua Roma ha imperado un desglose entre Derecho público y Derecho privado, si bien modernamente no se considera tan nítida esa tradicional barrera por el surgimiento de nuevas especialidades en el ordenamiento jurídico. Paulatinamente tiende a considerarse una clasificación del Derecho cimentada en los variados sectores de la realidad social, sin menoscabo de esa duplicidad clásica que aporta un interesante encaje de los dos principales escenarios en los que se desenvuelven los litigios.
De tal manera, se habla de ramas del Derecho basadas en hechos sociales determinados que se ven así regulados en su totalidad. Tal sería el ejemplo de aglutinar los aspectos legales derivados de la conservación del medio ambiente en el Derecho ambiental, enfocado a un tratamiento profundo de aquellos elementos de las disciplinas jurídicas tradicionales con incidencia en el hecho ambiental. De suerte que, sin ánimo de agotar el catálogo, puede hablarse de tantas especialidades del Derecho como sectores de actividad: informático, deportivo, sanitario, biotecnológico…
Aferrándonos a la todavía útil dicotomía entre público y privado, diremos que el Derecho público se proyecta sobre la organización del Estado y sus estructuras paralelas en relación con los particulares, en tanto que súbditos o contribuyentes. De ello se desprende una relación desarrollada en un plano de desigualdad, habida la subordinación de unos al poder de imperium de la otra parte. De este modelo de relación deben excluirse aquellas situaciones en las que el Estado no ejerce un poder público a través, por ejemplo, de una entidad empresarial pública, siendo de aplicación en tal caso el Derecho privado.
Dentro del ámbito privado, y que afectan especialmente a la empresa, no deben olvidarse dos especialidades:
– El Derecho mercantil, al que se le reserva la capacidad de regular la actividad comercial y las relaciones entre operadores comerciales.
–El Derecho laboral (más información en esta web http://www.eliasymunozabogados.com/abogados-derecho-laboral-madrid ) proyectado sobre las relaciones entre empleadores y empleados dentro del mercado de trabajo, estableciendo deberes y derechos recíprocos.
No puede zanjarse una exposición sobre las ramas del Derecho sin considerar el Derecho internacional, de cuyo tronco arrancan tres variantes: privado, público y comunitario. El primero regula las relaciones entre personas de países distintos o de una persona con un país ajeno, análogamente al Derecho civil en el ámbito nacional. El segundo ordena las relaciones entre Estados, superponiéndose sus dictámenes a los Derechos nacionales internos. Mientras que el Derecho comunitario europeo, en tanto que emana de una organización supranacional como es la Unión Europea, integra a todos los Estados miembros en sus esfera de garantías y procedimientos, incluyendo elementos de Derecho público y de Derecho privado.
Derecho público
En el contexto del Derecho público, sobresale la especialidad de Derecho administrativo, que aglutina todas aquellas normas que regulan el funcionamiento del Estado como poder público, tanto en lo que respecta a las relaciones entre órganos administrativos como a las de estos con los particulares.
El Derecho penal comprende las disposiciones que regulan las conductas delictivas con arreglo a su tipificación en el Código Penal, singular rasgo que permite excluir toda analogía en la consideración de los delitos. El Derecho procesal, por su parte, determina los cauces procedimentales que el ejercicio de toda acción ante sede judicial debe respetar, efectuando una compilación de reglas a las que los jueces deben ceñirse escrupulosamente.
El Derecho civil regula las relaciones entre particulares, ya sean personas físicas o jurídicas, o con la propia Administración cuando esta no ejerce como autoridad pública. Es la rama del Derecho de mayor alcance social, por ser la implicada en toda suerte de relaciones patrimoniales, de vecindad, de familia, etc., es decir, en todas las situaciones en las que deben delimitarse parcelas de derechos y obligaciones. Es básico para garantizar las libertades civiles de la persona y los derechos que protegen su privacidad, apoyándose en una compilación de normas que constituyen el Código Civil y leyes concomitantes, adicionalmente a las especialidades propias que algunas Comunidades Autónomas conservan como referente de sus antiguos fueros.
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